¿Cómo desheredar a un hijo? Causas legales y requisitos
En el Derecho español, la figura de la «Legítima» protege el derecho de los hijos a recibir una parte de la herencia de sus padres. Sin embargo, existen situaciones extremas de ruptura familiar donde el testador desea privar de este derecho a un descendiente. Para que esta decisión sea válida, debe cumplir con unos requisitos legales muy específicos.
I. Requisitos formales para desheredar
No basta con expresar la voluntad de palabra o dejarlo escrito en una carta privada. Para que la desheredación tenga efectos legales, debe cumplir tres condiciones:
1. Realizarse mediante Testamento
La desheredación solo puede hacerse en testamento, expresando de forma clara y rotunda la identidad del hijo al que se desea desheredar.
2. Designar una causa legal específica
Debe fundarse en una de las causas señaladas expresamente por la ley (Código Civil). No valen causas genéricas o «falta de cariño»; hay que citar el artículo y la razón concreta.
3. Certeza de la causa
Si el desheredado niega la causa, la carga de la prueba recae sobre los demás herederos. Ellos deberán demostrar ante un juez que la causa de desheredación era real.
II. Causas legales de desheredación
El Código Civil (artículos 853 y siguientes) establece los motivos por los cuales se puede privar de la legítima a un hijo:
Maltrato de obra o injurias graves: Haber maltratado físicamente al padre o madre, o haberles insultado gravemente de forma pública o reiterada.
Negación de alimentos: Haber negado, sin motivo legítimo, la asistencia y alimentos (sustento, habitación, vestido y asistencia médica) al padre o madre que los necesitaba.
Causas de indignidad: Situaciones gravísimas como haber sido condenado en juicio por atentar contra la vida del testador, haberle obligado a hacer testamento con violencia o haberle acusado falsamente de un delito grave.
III. El maltrato psicológico: La evolución del Tribunal Supremo
Históricamente, la desheredación era casi imposible de aplicar. Sin embargo, en los últimos años, el Tribunal Supremo ha equiparado el maltrato psicológico al maltrato de obra.
Esto incluye el menosprecio y el abandono emocional severo. Si se puede probar que la falta de relación ha causado un daño psicológico real y menoscabo en la salud del progenitor, los tribunales hoy están validando estas desheredaciones.
IV. Efectos de la desheredación
Es importante entender que la desheredación es personalísima. Sus efectos son:
El hijo desheredado no recibe ni la legítima ni ningún otro bien.
Derecho de representación: Si el hijo desheredado tiene, a su vez, hijos (nietos del testador), estos pasarán a ocupar su lugar y recibirán la legítima que le correspondía a su padre. La culpa del padre no se transmite a los nietos.
La reconciliación: Si después del testamento el padre y el hijo se reconcilian, la desheredación queda sin efecto automáticamente.
Conclusión
Desheredar a un hijo es un proceso complejo que requiere un blindaje legal absoluto. Un error en la redacción del testamento o una causa mal justificada facilitará que el hijo reclame su parte tras el fallecimiento, generando un conflicto judicial largo y costoso para el resto de la familia.
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